La Comisión Nacional de Derechos Humanos de Corea (국가인권위원회; NHRCK) pidió impulsar de nuevo el debate sobre la abolición de la pena de muerte con motivo del 24.º Día Mundial contra la Pena de Muerte. Su presidente, Ahn Chang-ho, afirmó que Corea del Sur no ejecuta a nadie desde el 30 de diciembre de 1997 y que, pese a la suspensión de las ejecuciones, ha mantenido la seguridad pública y un sistema de justicia penal estable. Calificó esta experiencia de activo que va más allá de la mera suspensión de las ejecuciones y señaló que ha llegado el momento de debatir si la pena de muerte debe seguir figurando en la ley.

Antecedentes y contexto

La petición parte de la idea de que el largo periodo sin ejecuciones debe servir de fundamento para volver a examinar si debe mantenerse la pena de muerte. La suspensión de las ejecuciones y la abolición legal no significan lo mismo. Por tanto, que la pena de muerte no se haya aplicado en la práctica no significa que haya desaparecido de la legislación; el presidente Ahn pidió debatir precisamente su permanencia en la ley.

Una segunda noticia presentó esta petición con mayor detalle. Según lo publicado, el presidente Ahn afirmó que era necesario examinar las orientaciones legislativas e institucionales para abolir la pena de muerte e impulsar la adhesión al Segundo Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (시민적 및 정치적 권리에 관한 국제규약 제2선택의정서), es decir, al Protocolo para la abolición de la pena de muerte (사형폐지의정서). De acuerdo con esa noticia, el Protocolo fue adoptado en diciembre de 1989 con el propósito de abolir la pena de muerte, y 92 países, entre ellos Alemania, Francia y Australia, lo habían firmado. Hay que distinguir entre que se haya informado de una petición para impulsar la adhesión y que el proceso de adhesión esté efectivamente en marcha.

Según Amnistía Internacional (국제앰네스티), a finales del año pasado 145 países habían abolido la pena de muerte de jure o de facto, lo que representa aproximadamente tres cuartas partes de los países del mundo. Otra noticia añadió que, de esos países, 113 la habían abolido por completo. Estas cifras muestran una tendencia internacional, pero por sí solas no determinan qué reforma legislativa o política debe adoptar Corea del Sur.

La segunda noticia también recogió la observación del presidente Ahn de que una ejecución es irreversible y de que hubo casos en los que, tras una ejecución, una revisión judicial confirmó la inocencia de la persona condenada. Esto plantea la cuestión de que, al debatir la severidad de las penas, también deben considerarse la posibilidad de un error judicial y la imposibilidad de revertirlo. Sin embargo, esta noticia no permite establecer todas las circunstancias de un sistema concreto ni de cada caso particular.

Qué significa esta noticia

Si el debate sobre la abolición de la pena de muerte cobra impulso, podrían estar en juego directamente el rumbo de la política penal y el del sistema de justicia penal. El hecho de que se haya mantenido la suspensión de las ejecuciones puede servir como punto de partida para debatir la abolición, pero no significa por sí mismo que exista un consenso social ni que se haya reformado la ley. Para que haya cambios reales, sigue pendiente examinar la orientación de las leyes y las instituciones y debatir al mismo tiempo la protección de las víctimas y la seguridad pública.

Se señaló que el sufrimiento de las víctimas y sus familias es una consideración ineludible en el debate sobre la abolición. A la vez, según lo publicado, el presidente Ahn afirmó que la protección de los derechos de las víctimas y el fortalecimiento de la red de seguridad social deben distinguirse de la cuestión de mantener la pena de muerte. Esto puede llevar a debatir que las medidas de apoyo a las víctimas y de mejora de la seguridad no deben tratarse como argumentos que sustituyan la discusión sobre la permanencia de la pena capital, ni que las voces de las víctimas deban quedar excluidas del debate sobre su abolición. Sin embargo, el artículo no indica mediante qué procedimientos se escucharán y tendrán en cuenta esas voces.

Por ejemplo, si se abre un debate para examinar si se debe abolir la pena de muerte, podría analizarse si se contempla un proceso para escuchar las experiencias de las víctimas y sus familias y si, al mismo tiempo, se presentan medidas para abordar la seguridad pública. Se trata únicamente de un ejemplo de una posible modalidad de debate; no significa que actualmente se esté impulsando un procedimiento de ese tipo.

Información sobre las leyes y los apoyos relacionados

Según la guía jurídica proporcionada, el Código Penal (형법) incluye la pena de muerte entre los nueve tipos de penas, junto con la prisión, la reclusión y la multa (artículo 41 del Código Penal). Por tanto, la suspensión de las ejecuciones y la eliminación de la pena de muerte de la lista de sanciones previstas por la ley son cuestiones distintas. El debate sobre su permanencia legal planteado en estas noticias está relacionado con la lista de penas del Código Penal precisamente porque exige tener en cuenta esa diferencia.

Sin embargo, la guía jurídica proporcionada ofrece explicaciones generales sobre los tipos de penas y su reducción y ejecución, pero no informa sobre proyectos de ley para abolir la pena de muerte, el proceso de adhesión al Protocolo ni cómo solicitar apoyo para las víctimas. Por ello, no es posible determinar únicamente a partir de este material cuál es la situación concreta de las iniciativas legislativas ni qué servicios de apoyo están disponibles. La aplicación de la ley en un caso concreto requiere verificar por separado los hechos y la legislación pertinente.

Diferencias entre las noticias

La primera noticia se centró en la experiencia de la suspensión de las ejecuciones, la tendencia internacional hacia la abolición y la necesidad de tener en cuenta el sufrimiento de las víctimas y sus familias. La segunda añadió la petición de impulsar la adhesión al Protocolo para la abolición de la pena de muerte, los casos en los que una revisión judicial confirmó la inocencia después de una ejecución y la necesidad de distinguir la protección de las víctimas y la red de seguridad social de la cuestión de mantener la pena de muerte. Las noticias también dieron nombres distintos a la conmemoración: la primera la llamó Día Mundial contra la Pena de Muerte y la segunda, Día Mundial para la Abolición de la Pena de Muerte.

Hechos confirmados y cuestiones aún desconocidas

Hechos confirmados

  • La Comisión Nacional de Derechos Humanos pidió impulsar el debate sobre la abolición de la pena de muerte con motivo del 24.º Día Mundial contra la Pena de Muerte.
  • El presidente Ahn Chang-ho afirmó que Corea del Sur no ejecuta a nadie desde el 30 de diciembre de 1997.
  • Según las cifras citadas de Amnistía Internacional, a finales del año pasado 145 países habían abolido la pena de muerte de jure o de facto.
  • Según la segunda noticia, el presidente Ahn pidió impulsar la adhesión al Protocolo para la abolición de la pena de muerte.
  • El presidente Ahn afirmó que el sufrimiento de las víctimas y sus familias, su protección y la seguridad pública deben tenerse en cuenta en el debate sobre la abolición.

Cuestiones aún desconocidas

  • No se sabe si se están impulsando medidas legislativas o de política pública concretas para abolir la pena de muerte en Corea del Sur y, de ser así, cuáles son su calendario y contenido.
  • El artículo no indica si se ha iniciado un procedimiento oficial para adherirse al Protocolo para la abolición de la pena de muerte.
  • Tampoco se conocen procedimientos concretos para incorporar al debate sobre la abolición las opiniones de las víctimas y sus familias ni la opinión pública.

Qué conviene comprobar

  • Conviene distinguir entre la suspensión de las ejecuciones y la abolición legal de la pena de muerte, y comprobar si hay avances reales en el debate legislativo relacionado.
  • Se puede verificar si la petición de adhesión al Protocolo para la abolición de la pena de muerte se limita a un examen de políticas o si desemboca en un procedimiento oficial para impulsarla.
  • Conviene observar si durante el debate se presentan medidas concretas para proteger los derechos de las víctimas y garantizar la seguridad pública, y si se establecen mecanismos para incorporar las opiniones de las víctimas y sus familias.

Referencias